No hay nada por aquí :)
O prueba a ampliar tu búsqueda modificando algún filtro
Casa adosada en casco urbano en Los Villares, a tan solo 15 minutos de Jaén. Ideal como residencia permanente o vacacional.
El inmueble ocupa un solar de 111 m2 en calle Medidor Cristobal Ruiz y tiene una antigüedad del año 1991.
Integrado en un conjunto de casas, todas con el mismo tipo de construcción, cuenta con unas vistas despejadas a las cimas cercanas y salida directa a la Avenida Juana I, circunvalación de la ciudad, por lo que se encuentra perfectamente comunicada.
La casa se desarrolla en tres plantas, a la entrada cuenta con un patio con piscina privada de unos 14 m2. En planta baja contamos con un salón comedor con chimenea y vistas a fachada, así como la comunicación directa con la cocina que cuenta con salida a un patio con lavadero y aseo.
En planta primera se encuentra el dormitorio principal, con dos balcones y vistas a fachada, además tenemos un despacho - dormitorio y un baño completo, con ventilación natural.
En planta segunda, tenemos tres dormitorios, dos de ellos a fachada y uno a patio interior, así como otro baño completo con ventilación natural.
La casa se encuentra en un estado apto para habitarla de manera inmediata sin prácticamente inversión alguna y las calidades responden a gres cerámico en suelos, baños y cocina, puertas en sapeli y carpinterías exteriores en aluminio sencillo.
Comercializa en exclusiva Housebalance. Gastos de mediación inmobiliaria 2% precio de compraventa más IVA. El precio indicado, que tendrá validez durante el mes en curso, no incluye gastos notariales ni registrales, ni los impuestos que por ley correspondan al comprador, ni los gastos que pueda ocasionar la financiación hipotecaria que en su caso se solicite para la compra y que por Ley correspondan al comprador prestatario. El comprador tiene derecho a una ficha informativa con arreglo al Anexo IV del RD 218/2005, de 11 de octubre, que le será facilitada durante la visita al inmueble.
Magnifica parcela urbana en Los Villares. Lista para construir.
Existen pocos solares en la zona para construir su vivienda soñada.
Dando a dos calles, fachada a calle San Juan Bautista 57 y fondo a Calle Campillo.
El solar de 173m2 de superficie y se encuentra sin construir a excepcion de una pequeña cochera de 26m2 con acceso en fachada por Calle San Juan Bautista.
La diferencia de nivel de fachada y fondo nos permite construir con un volumen enorme para construir una gran cochera con entrada por Calle Campillo.
Adjuntamos ordenanzas municipales del solar.
CONDICIONES DE LA EDIFICACIÓN
- Longitud mínima de lindero frontal: seis (6) metros.
- Superficie mínima de parcela: ciento veinte (120) metros cuadrados.
Posición de la edificación en la parcela 1. La línea de edificación coincidirá con la alineación oficial exterior señalada en la serie de planos de Calificación del Suelo y Regulación de la Edificación, salvo en aquellos casos donde se grafían espacios libres privados de edificación, identificados con relleno de color y el código "L", que no podrán ser ocupados por ningún tipo de edificación, si bien se admiten las piscinas, y ello con independencia de lo recogido en el artículo 72 para el reajuste de alineaciones o eliminación de tacones. No se permiten patios abiertos a calle.
2. No se admiten retranqueos tanto respecto a la alineación exterior como a los linderos laterales de la parcela.
Ocupación de la parcela
1 La ocupación de las plantas sobre rasante, con la salvedad señalada en el artículo 79.1, es la siguiente:
- En planta baja se permite ocupar la totalidad de la parcela
- En plantas piso se establece un fondo edificable máximo de veinte (20) metros. La alineación interior definida por el fondo edificable no podrá ser superada por ningún cuerpo saliente.
2 Las plantas enteramente subterráneas podrán ocupar la totalidad de la parcela. Los semisótanos cuya cara superior del forjado de techo resultante se sitúe a una altura sobre la rasante de la calle mayor de ciento treinta y cinco (135) centímetros, se considerarán plantas sobre rasante.
Altura de la edificación
1. La altura máxima de la edificación en número de plantas se establece en tres (3), incluyendo la planta baja, pero no la planta bajo cubierta que se regula en el artículo 82.
RÉGIMEN DEL SUELO URBANO
La altura mínima de la edificación será de dos (2) plantas al menos en la primera crujía paralela a la fachada exterior, pudiendo en las crujías interiores construirse el número de plantas que se considere oportuno, pero siempre igual o menor a las tres (3)plantas de altura máxima.
2. La altura máxima de cornisa en unidades métricas es de once (11) metros.
Construcciones por encima de la altura máxima de cornisa 1. Por encima de la altura máxima de cornisa, se permite una planta bajo cubierta, con una superficie construida que no será mayor del sesenta y cinco por ciento (65%) de la ocupada en la última planta.
2. La Edificación, que no podrán exceder la altura en más de tres con cincuenta (3,50) metros sobre la altura de cornisa:
≥ 3 m.
≤ 3,5 metros
Comercializa en exclusiva Housebalance. Gastos de mediación inmobiliaria 2% precio de compraventa CON UN MINIMO DE 2.000€ más IVA (21%) en ambos casos. El precio indicado, que tendrá validez durante el mes en curso, no incluye gastos notariales ni registrales, ni los impuestos que por ley correspondan al comprador, ni los gastos que pueda ocasionar la financiación hipotecaria que en su caso se solicite para la compra y que por Ley correspondan al comprador prestatario. El comprador tiene derecho a una ficha informativa con arreglo al Anexo IV del RD 218/2005, de 11 de octubre, que le será facilitada durante la visita al inmueble.